Derecho a la educación
»Toda persona tiene derecho a la educación». Así comienza el artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Este artículo otorga a cada persona el derecho a recibir una educación que debe ser accesible (eliminando toda forma de discriminación para acceder a ella), disponible (debe ser gratuita), aceptable (de calidad) y adaptable (debe adaptarse a cada alumno o alumna). La educación es el medio principal para que toda persona pueda desarrollar sus capacidades, habilidades y participar activamente en la sociedad. De ahí que sea un derecho «puerta»: es la puerta de acceso a todos los demás derechos (como el derecho a la salud o el derecho al trabajo); es imprescindible para luchar contra la pobreza y la desigualdad, para lograr un desarrollo sostenible…etc.
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